El Tribunal Administrativo de Cundinamarca impuso límites estrictos al uso de las redes sociales y canales de comunicación de las entidades públicas, al concluir que el Servicio Geológico Colombiano (SGC) excedió su misión institucional y utilizó sus cuentas oficiales para difundir mensajes de carácter político alineados con la agenda del presidente Gustavo Petro.
La decisión, adoptada por la Sección Primera del tribunal, sienta un precedente sobre el alcance de la publicidad oficial y reafirma que ninguna entidad del Estado puede emplear recursos públicos para promover contenidos con fines políticos, partidistas o ajenos a sus funciones legales.
El fallo se produjo tras una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe Colombia), que denunció una serie de publicaciones realizadas por el SGC en su cuenta oficial de la red social X. Según la demanda, la entidad difundió mensajes relacionados con la Nueva EPS, convocatorias a movilizaciones en la Plaza de Bolívar y contenidos que replicaban declaraciones del presidente Petro, incluso en el marco de su disputa pública con Estados Unidos.
De acuerdo con el tribunal, estas publicaciones estaban acompañadas de etiquetas, piezas gráficas y un lenguaje que no guardaban relación alguna con la naturaleza técnica y científica del Servicio Geológico Colombiano. En la sentencia, el alto tribunal sostuvo que la entidad “orientó el ejercicio de su publicidad oficial hacia una finalidad ajena a su objeto misional”, lo que constituye un uso indebido de los recursos públicos bajo su administración.
El Tribunal acogió los argumentos de FEDe Colombia y fue enfático al señalar que el contenido difundido por el SGC no solo carecía de vínculo con sus funciones legales, sino que además implicaba una promoción indirecta de la imagen del jefe de Estado, vulnerando el deber de neutralidad institucional que rige a las entidades públicas.
En su decisión, el alto tribunal dejó claro que las instituciones del Estado no pueden utilizar sus plataformas oficiales para amplificar mensajes gubernamentales o políticos. Cualquier desviación de ese principio —advirtió— será considerada una infracción a las normas que regulan la publicidad oficial y al mandato constitucional de imparcialidad en el uso de los recursos públicos.