Cámara Ambiental del Plástico reclama ante la OIT por efectos laborales y económicos de la Ley 2232 sobre plásticos de un solo uso

La Cámara Ambiental del Plástico ha presentado una reclamación formal ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en respuesta a los efectos de la Ley 2232 de 2022, que prohíbe ciertos plásticos de un solo uso en Colombia. La Cámara argumenta que esta legislación, sancionada el 7 de julio de 2022, ha generado discriminación laboral y un impacto socioeconómico negativo en las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) del sector, afectando a más de 200.000 empleos.

La reclamación, presentada bajo el artículo 24 de la Constitución de la OIT, se basa en tres aspectos clave: discriminación laboral, impacto social y económico, y una transición que consideran injusta. La Cámara señala que la Ley 2232 impone plazos de adaptación desiguales, otorgando a las grandes empresas un margen de ocho años para reconvertir su producción, mientras que las MIPYMES deben hacerlo en apenas dos años. Esta disparidad, argumenta la Cámara, afecta de forma desproporcionada a las pequeñas y medianas empresas, que enfrentan un cese de actividades sin suficiente apoyo estatal.

Desde julio de 2024, las MIPYMES han interrumpido sus actividades productivas, lo que ha puesto en riesgo miles de empleos en el sector, sin una estrategia de reconversión industrial clara. Aunque la Ley 2232 exige la creación de un “Plan de Reconversión Industrial y Adaptación Laboral”, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emitió un reglamento de última hora que la Cámara califica como insuficiente para permitir una adaptación adecuada a la normativa.

La Cámara Ambiental del Plástico también denuncia que el proceso de transición hacia una economía más sostenible no ha respetado el principio de “transición justa”, respaldado por la OIT, que exige medidas inclusivas y de apoyo para las empresas con menores capacidades de adaptación. Según la Cámara, las MIPYMES han tenido que enfrentar un proceso acelerado de reconversión sin consulta ni planificación participativa, lo que consideran una violación al Convenio 111 de la OIT sobre discriminación en el empleo y la ocupación.

En su reclamación, la Cámara pide que la OIT inste al Estado colombiano a suspender la aplicación de la ley en su estado actual y a establecer plazos de transición más razonables y equitativos. Además, solicita que se realice un proceso consultivo con los sectores afectados y que el Estado provea apoyo adecuado para mitigar el impacto en los trabajadores y empresarios más vulnerables.

La Cámara concluye que el incumplimiento de los principios de igualdad y una transición justa afecta los derechos fundamentales al trabajo y coloca en una posición de vulnerabilidad a miles de trabajadores y empresarios, que ahora dependen de una respuesta efectiva del Estado y la comunidad internacional.