El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) canceló 136 Notificaciones Sanitarias Obligatorias (NSO) correspondientes a esmaltes semipermanentes que contenían ingredientes prohibidos, una decisión adoptada para proteger la salud pública en Colombia y en la subregión andina.
La medida quedó establecida en la Resolución 2026007526 del 17 de febrero de 2026, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 2548 de 2025 de la Comunidad Andina (CAN). Según la entidad, los productos contenían Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide (TPO) y N,N-dimetil-p-toluidine (DMPT), sustancias que han sido asociadas con riesgos carcinogénicos, toxicidad para la reproducción y reacciones de sensibilización en la piel.
Con la cancelación de estos registros sanitarios, los esmaltes no podrán seguir siendo comercializados ni agotarse sus existencias desde el 16 de febrero de 2026, por lo que queda prohibida su venta en los países de la Comunidad Andina.
El proceso se realizó de forma automática luego de cumplirse el plazo de 60 días otorgado desde la publicación de la norma en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, el pasado 15 de diciembre de 2025, tiempo en el que los fabricantes y comercializadores debían ajustar sus productos a la nueva regulación.
El Invima hizo un llamado a fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos comerciales para que verifiquen permanentemente el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y consulten los canales oficiales de información. La entidad reiteró que estas acciones buscan garantizar que los productos disponibles en el mercado cumplan con altos estándares de seguridad para consumidores y profesionales del sector de la belleza.