El magistrado Luis Alberto Álvarez reiteró que el uso de los canales de televisión por parte del Presidente debe regirse por la necesidad, la urgencia y el interés público, y defendió la independencia judicial tras señalamientos del mandatario.
En medio de la polémica por la reciente alocución presidencial de casi dos horas transmitida en canales privados y públicos en la que Gustavo Petro dijo que se trataba de una alocución presidencial y no de un consejo de ministros, el presidente del Consejo de Estado, magistrado Luis Alberto Álvarez, recordó que este tipo de intervenciones deben respetar los límites establecidos por la Constitución y la ley.
Según el togado, las alocuciones presidenciales están permitidas únicamente cuando se trata de asuntos de interés nacional, circunstancias de urgencia o temas de evidente interés público. “Está garantizado que el presidente Gustavo Petro se dirija a los colombianos siempre bajo los cánones de la necesidad, la urgencia y el interés público”, explicó Álvarez, señalando además que estas condiciones buscan proteger también los derechos de los televidentes, quienes tienen derecho a escoger libremente los contenidos de televisión, así como a la libertad económica.
El pronunciamiento se da luego de que el presidente Petro cuestionara públicamente una decisión del Consejo de Estado que limitó la transmisión de sus consejos de ministros por canales privados, en respuesta a una acción de tutela interpuesta por una ciudadana.
Frente a esas declaraciones, el magistrado fue enfático: “Esa es una expresión que no corresponde al alcance de la decisión. La censura es siempre persecución o aniquilamiento al derecho a pensar y opinar (…) Este fallo de tutela, simplemente, protegió el derecho de una ciudadana que hizo una solicitud”.
El Gobierno nacional presentó este lunes 21 de abril una solicitud formal ante el Consejo de Estado para que se anule la decisión. El recurso será analizado por la Sala Plena del alto tribunal en los próximos días, en un contexto de creciente tensión entre el Ejecutivo y la rama judicial por los límites del poder presidencial en materia de comunicación institucional.
Además, en medio de la polémica, ha trascendido que varios canales privados podrían solicitar indemnizaciones por la transmisión de alocuciones del presidente, alegando que el uso de sus espacios podría considerarse indebido si no se ajusta a los parámetros legales definidos desde 2014 por el mismo Consejo de Estado.